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La póliza de seguro de fianza

“Fianza es también la prenda dada por el contratante para asegurar el exacto cumplimiento de su obligación. || Además, la suma de dinero u otro bien que se deposita, consigna o pasa a poder del acreedor para responder de la obligación asegurada. || Se ha empleado, asimismo, por fiador o garante…” (1)



Las pólizas de seguro de fianza, constituyen garantías emitidas por las compañías de seguros para brindar cobertura a riesgos de incumplimientos sobre obligaciones no dinerarias, las obligaciones que puede afianzar una aseguradora, pueden nacer de contratos –celebrados entre personas de derecho privado o público-, leyes o disposiciones judiciales.


En el evento que la aseguradora deba indemnizar al asegurado, por incumplimiento de las obligaciones (del afianzado) garantizadas en la póliza, esta se subroga en los derechos del asegurado frente al afianzado, a fin de que ejerza las acciones de cobro que tiendan a recuperar los valores honrados por cuenta del afianzado.


En este punto, la aseguradora inicia las acciones judiciales y extrajudiciales tendientes a recuperar los valores pagados por cuenta del afianzado, es aquí, donde la firma HINOJOSA E HINOJOSA ABOGADOS & LEYES, brinda su contingente a fin de efectuar una recuperación efectiva de cartera, a favor de las compañías de seguros.



AVISO IMPORTANTE: La Información de Hinojosa e Hinojosa, no puede ser usada sin su autorización.

 

(1) Guillermo Cabanellas, Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Buenos Aires, Editorial Heliasta, 28va ed., 2003, p. 54.


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